sábado, 18 de diciembre de 2010

Sobre los Derechos Humanos

Pensando en los derechos de las personas
Es posible que alguna vez hayas escuchado a alguien decir que una persona “va a estudiar Derecho”, o habrás escuchado o dicho “yo tengo derecho”. En estas expresiones cotidianas es fácil advertir que el término “derecho” no tiene un único significado.
En algunas ocasiones, el término “derecho” se usa en un sentido objetivo. Es decir se utiliza para designar el conjunto de normas obligatorias que rige la convivencia social tendiendo al bien común y a la obtención de justicia y, de esta manera, posibilita la vida en sociedad.
En otros casos, el término “derecho” se utiliza en un sentido subjetivo. Esto sucede cuando hace referencia a la capacidad que ese conjunto de normas reconoce a las personas, consideradas individualmente, para hacer o no lo que desean y también para exigir su cumplimiento al Estado o a otras personas.


Los derechos humanos... derechos de todos
Cuando hablamos de normas nos referimos a ciertas reglas que estamos obligados a cumplir, ciertas acciones o comportamientos que está prohibido realizar y a los derechos que tenemos todas las personas, hombres, mujeres, niños, niñas, ancianos y ancianas. Los derechos que todas las personas tenemos por el sólo hecho de ser humanos, sin distinción alguna de características físicas, sociales, económicas, religiosas, son los derechos humanos.
Los derechos humanos deben ser respetados y están reconocidos en la Constitución nacional de nuestro país; su objetivo fundamental es proteger la dignidad de las personas.
Generalmente se asume que los derechos humanos son aquellos que la ley reconoce. Sin embargo, hay constituciones y pactos internacionales sobre derechos humanos en los que se señala que los derechos expresamente reconocidos en sus normas no implican la negación de otros no declarados, a los que se denomina implícitos.

El Estado como garante de los derechos humanos
El Estado es el responsable de respetar, garantizar y satisfacer todos los derechos humanos y, en sentido estricto, sólo el Estado puede ser acusado de violarlos. Los derechos humanos implican obligaciones a cargo del Estado.
La principal característica de las violaciones a los derechos humanos es que se producen por actos u omisiones del Estado, cometidas ya sea directamente por un funcionario público; o por personas o grupo de personas que cuentan con la protección, consentimiento o aquiescencia del Estado.


Las principales características de los derechos humanos son:


• universalidad
• indivisibilidad
• interdependencia
• relatividad
• irrenunciabilidad
• inalienabilidad
• inviolabilidad

La interdependencia de derechos humanos se refiere a que unos derechos humanos dependen de los otros. ¿Qué sería del derecho a la libertad de expresión sin el derecho a la educación o el derecho a la vida sin el derecho a una alimentación adecuada? Así, si no puede gozarse efectivamente de los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos civiles y políticos no se cumplen, los económicos, sociales y culturales carecen de verdadera significación.
En el contexto de un mundo globalizado y con un alto desarrollo tecnológico, en el que el acceso al conocimiento constituye la variable principal de una existencia humana digna, el derecho a la educación no puede ser sometido a ninguna clase de negociación, entendida como una prioridad absoluta e incuestionable.

Las Garantías
El ejercicio de los derechos crea para las personas responsabilidades y el compromiso de respetar los derechos de los demás. El cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes crea responsabilidades y obligaciones a los adultos y al Estado.
¿Qué son las garantías?
Las constituciones nacional y provincial establecen los derechos que gozan los habitantes. Ahora bien, las partes de las constituciones en las que se hacen explícitos los derechos incluyen también la mención a las “garantías”.
Las garantías constitucionales son formas de asegurar a las personas el ejercicio de los derechos reconocidos. De la misma manera que conocer nuestros derechos nos permite reconocer nuestras posibilidades y responsabilidades, conocer las garantías nos permite saber qué acciones podemos realizar para defender nuestros derechos en situaciones en las que puedan verse amenazados.

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